En el marco del VI Plan Director de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid y dentro del convenio entre el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (IRSST) y Asociación Empresarial de Industrias Alimentarias de la Comunidad de Madrid (ASEACAM), en Geseme colaboramos para la promoción de la CAMPAÑA DE DIVULGACIÓN Y DIFUSIÓN PARA LA MEDIACIÓN DE LAS EMPRESAS FRENTE A RIESGOS PSICOSOCIALES POR ACOSO.
La campaña se llevará a cabo en 10 centros de trabajo que acepten participar en todas las fases de la campaña.
Disponer de un Protocolo de Acoso Laboral es tan importante que, aparece en la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres (artículos 45 y 48).
Todas las empresas, independientemente de su tamaño, están obligadas a tener un Protocolo contra el Acoso Laboral que articule no solo medidas para prevenirlo, sino también el procedimiento en caso de acoso laboral a seguir por trabajadores y empresa.
Según la Ley Orgánica 3/2007, la empresa podría ser penalizada en caso de no desarrollar las medidas preventivas necesarias para evitar el Acoso Laboral.
Infracciones Real Decreto Legislativo 5/2000: