El calor nos afecta y más de lo que pensamos. A nivel laboral el calor trae de la mano una serie de riesgos laborales y obligaciones legales que toda organización debe tener en cuenta a la hora de proteger la salud del personal empleado.
Adaptar horarios, reforzar la ventilación, permitir pausas más frecuentes o activar el teletrabajo son algunas de las medidas imprescindibles para hacer frente a las altas temperaturas. Pasar por alto este problema o improvisar puede tener graves consecuencias para la salud de los trabajadores y generar importantes sanciones para las empresas.
Un riesgo real y urgente
En los apenas diez días que llevamos de verano ya se ha producido una muerte por calor, la de un trabajador de 58 años fallecido en Córdoba mientras instalaba un cartel luminoso en la vía pública a más de 40 grados. En los últimos cinco años, se han registrado al menos 619 bajas laborales y nueve fallecimientos relacionados con el calor extremo.
Efectos del calor en la salud y la productividad
El impacto del calor no se limita a los trabajos físicos al aire libre. También afecta a los trabajadores de oficina si no existe una climatización adecuada.
Los efectos más habituales y de los que pocos escapamos cuando estamos expuestos a altas temperaturas son:
Además, de afectar al ambiente laboral, según datos de la OIT,
Y es las temperaturas altas no solo impactan en la salud de personas que desarrollan tareas físicas y/o que trabajan en sectores en los que la exposición al sol y al calor es difícil de evitar (como la construcción) sino que también impacta en trabajos de oficina sin una correcta climatización.
¿Y si el calor es insoportable, puede el empleado negarse a trabajar?
Sí puede siempre y cuando desde la perspectiva y valoración por parte del servicio de prevención de riesgos laborales se considere que existe un riesgo grave e inminente para su salud.
También es posible paralizar la actividad cuando hay alerta meteorológica naranja o roja y no se garantizan condiciones seguras.
En estos casos en los que el calor se considera extremo, el empleado puede pedir un permiso retribuido de hasta 4 días. Si pasado ese tiempo las condiciones de riesgo siguen entonces se alargará la ausencia, pero sin garantía de retribución a menos que desde la empresa se habiliten otras opciones como el teletrabajo.
El golpe de calor puede llegar a ser mortal además de provocar. Se trata de una situación que requiere asistencia sanitaria inmediata. En casos así, la empresa puede ser considerada responsable si no se adoptaron las medidas preventivas necesarias.
A partir del momento en que la AEMET emite una alerta meteorológica por calor (de nivel naranja o rojo) debe activarse el protocolo y adoptar las medidas necesarias que te explicamos en este otro artículo.
A pesar de que evidentemente el calor afecta de manera más grave a quienes están expuestos al sol, el calor también afecta a quienes desempeñan su trabajo en oficinas. En una oficina es importante verificar que
. La temperatura no es extrema ni se dan cambios bruscos de temperatura o corrientes de aire que puedan resultar molestas. También conviene evitar la exposición solar directa. La temperatura correcta es de entre 23°C y 27°C,
. La empresa debe garantizar la ventilación y la renovación del aire.
El calor no es solo un problema ambiental, es un riesgo laboral que debe gestionarse con la misma seriedad que cualquier otro. Anticiparse, adaptar la organización y proteger al personal empleado no solo es una obligación legal, también es clave para mantener la productividad y el bienestar en el trabajo.
Desde Geseme, como especialistas en prevención de riesgos laborales y dada la cada vez mayor frecuencia y duración de las olas de calor te aconsejamos que integres la variable climática en tus estrategias de prevención. De este modo no solo estarás cumpliendo con la normativa y cuidando de la salud del personal empleado, sino que estarás evitando una pérdida de productividad considerable durante los meses de calor.
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